Amnistía cuestionable
“La libertad nunca se concede sin más; hay que luchar por ella. La justicia nunca se recibe sin más: hay que exigirla”. PHILIP RANDOLPH
Una de las promesas de campaña del entonces candidato López Obrador era el otorgar amnistía para algunos presos dentro de un marco de justicia social. Ya como presidente, el tema fue incluido en la Estrategia Nacional de Seguridad presentada ante el Congreso en abril de 2019 con el objetivo de lograr la paz.
En abril de 2020, se publicó la Ley de Amnistía que contemplaba la liberación de algunas personas contra las que se hubiera ejercitado una acción federal por ciertos delitos cometidos previos a esta ley.
Los delitos que podían ser considerados para perdón son el aborto, el narcomenudeo cuando los que lo hubieran cometido estuvieran en una situación de vulnerabilidad, los delitos cometidos por personas provenientes de pueblos indígenas que no hubieran tenido acceso a protección legal del estado durante su proceso legal, los delitos de robo simple sin violencia, y las personas encarceladas por actividades políticas (sedición).
Para poder acceder a los beneficios de esta amnistía, los candidatos tendrían que reunir las siguientes características: ser primodelincuentes (no reincidentes) y que en la comisión del delito no se hubiera herido, secuestrado o asesinado a una víctima, o hubieran utilizado armas de fuego.
Las solicitudes de amnistía podían ser presentadas por familiares directos o por organismos defensores de los derechos humanos. Cuando se publicó esta ley, hicimos un reconocimiento a la propuesta del presidente por ser la respuesta a un reclamo social y de justicia para personas víctimas del sistema, pero al mismo tiempo mencionamos que esta ley no atacaba los fundamentos del problema.
Mencionamos que el 85% de los delitos a los que la ley hacía referencia era del fuero común, responsabilidad de cada estado, por lo que los beneficios de una ley federal serían limitados. Si bien la propuesta de ley contemplaba un exhorto a los estados para legislar en el tema, sería decisión de cada estado el ejecutarla.
Igualmente, mencionamos que la propuesta tampoco contemplaba un modelo de reinserción social para las personas liberadas, por lo que su liberación no garantizaba la no reincidencia. La propuesta tampoco incluía el fortalecimiento del sistema judicial, donde ministerios públicos y defensorías de oficio deficientes no aseguraban que se siguieran cometiendo injusticias.
A más de un año de haber sido promulgada, la comisión de amnistía reporta SÓLO la liberación de cinco personas beneficiadas por esta ley. Adicionalmente, sólo cuatro estados: Hidalgo, Estado de México, Sinaloa y Tlaxcala han legislado para otorgar amnistía a presos por delitos del fuero común.
Sorprendentemente, la semana anterior el presidente López Obrador anunció la firma de un decreto presidencial para dar amnistía a presos que hayan sido torturados, que hayan permanecido sin sentencia por mas de 10 años, para adultos mayores de 75 o de 65 con enfermedades crónicas, esto nuevamente solo para presos del fuero federal sin delitos graves.
El decreto anunciado por el presidente pareciera una repetición de la ley vigente, presentando las mismas fallas de lo que a la fecha no ha funcionado. Una vez más, estos intentos de amnistía parecen ser solo una pincelada a la necesidad de una estrategia integral de seguridad que parece cada vez más lejana.
C.P. Juan Manuel Hernández Niebla, Consejero Presidente del Consejo Ciudadano de Seguridad Pública del Estado. Columna publicada el 04 de agosto de 2021 en EL IMPARCIAL.
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